Para poder escoger centro educativo se necesita conocer la oferta educativa. Podéis consultar la oferta inicial de plazas escolares distribuida por centro educativo por el curso 2025-2026 en el siguiente documento adjunto.
Es el proceso para pedir una plaza en una escuela o instituto público o concertado. Se tiene que hacer cuando un niño o joven se incorpora por primera vez al sistema educativo de Cataluña o cuando se quiere cambiar de centro.
La solicitud de preinscripción se hace exclusivamente de forma telemática por internet mediante un ordenador, mesilla o móvil, sin la posibilidad de presentarla en papel, accediendo a la página web del Departamento de Educación y Formación Profesional de la Generalitat de Catalunya, mediante el formulario electrónico.
Resolución EDF/319/2025, de 4 de febrero, por la cual se aprueban las normas de preinscripción y matrícula de alumnos en los centros del Servicio de Educación de Cataluña y otros centros educativos, en las diversas enseñanzas sostenidas con fondos públicos, para el curso 2025-2026
Podéis consultar la Resolución publicada por el Departamento de Educación y Formación Profesional de la Generalitat de Catalunya en el siguiente enlace:
https://portaldogc.gencat.cat/utilsEADOP/PDF/9347/2070359.pdf
Segundo ciclo de educación infantil | I3 en I5 |
Educación primaria | 1r. en 6º. de primaria |
Educación secundaria obligatoria (ESO) | 1r. a 4 t. ESO |
La documentación que se tiene que presentar siempre se tendrá que adjuntar digitalizada, escaneada o fotografiada.
Se tienen que indicar los centros solicitados por orden de preferencia con un máximo de 10. Sólo se puede presentar una solicitud de preinscripción por alumno. La presentación de más de una solicitud comporta duplicidad y la invalidación de los derechos de prioridad que puedan corresponder.
Excepto por I3 y 1º de ESO, al resto de cursos si se quiere coloca de oficio, habrá que señalarlo a la solicitud.
Hay dos modalidades para presentar la solicitud:
Solicitud electrónica | Hace falta que el padre, madre o tutor/a legal que haga el trámite tenga una herramienta de identificación digital, como puede ser la T-CAT, el DNI electrónico, el sistema Cl@ve o el IdCAT Móvil. En este caso no hay que adjuntar la documentación identificativa de la persona solicitando. |
Solicitud en soporte informático | Si no se puede obtener una identificación digital, se tiene que utilizar el formulario en soporte informático disponible en la misma web, en la que habrá que adjuntar la documentación identificativa de la persona solicitando para acreditar su identidad. |
En caso de tener dificultades por llenar la solicitud, el Ayuntamiento pone a disposición de las familias diversos puntos de acompañamiento digital para dar apoyo y acompañamiento en esta tramitación. Podéis consultar las ubicaciones y los horarios en el documento adjunto.
Publicación de la oferta inicial | 11 de marzo 2025 |
Presentación de solicitudes | 12 en 26 marzo |
Publicación de la lista de solicitudes con la puntuación provisional | 24 abril |
Presentación de reclamaciones | 24 al 29 de abril |
Publicación de la lista de solicitudes una vez resueltas las reclamaciones | 5 de mayo |
Sorteo de desempate | 8 de mayo |
Publicación de la lista ordenada | 9 de mayo |
Ampliación de solicitudes alumnado necesidades educativas específicas (tipo B) | 21 al 22 de mayo |
Ampliación de solicitudes | 4 al 6 de junio |
Publicación de la oferta final | 16 de junio |
Publicación de la lista de admitidos a cada centro y la lista de espera | 16 de junio |
Matriculación | 25 de junio al 3 de julio |
Los centros educativos ofrecen una cantidad limitada de plazas. Como algunos centros tienen una demanda de solicitudes superior al número de plazas que pueden ofrecer, puede pasar de que en el centro escogido como primera opción no se obtenga plaza, por eso es importante hacer constar en la solicitud más de un centro, hasta un máximo de 10, ordenados según las preferencias.
Por lo tanto, para asignar las plazas, se establece una ordenación en las solicitudes aplicando unos criterios de baremació para puntuar y ordenar las solicitudes.
Criterios de puntuación:
Para tener hermanos matriculados en el centro (2º ciclo, EPRI, ESO) | 50 puntos |
Por proximidad del domicilio a la Zona Educativa (ZE) | 30 puntos |
Por proximidad del puesto de trabajo del padre/madre/tutor a la ZE del centro | 20 puntos |
Por proximidad del domicilio al municipio pero no a la ZE | 10 puntos |
Por la renta anual de la unidad familiar | 15 puntos |
Para aplicar el criterio de proximidad sólo se tiene en cuenta una de las situaciones enumeradas, ya que son excluyentes entre sí.
Sólo se aplican si hay empate de puntuación con los prioritarios
Discapacitado/a | 15 puntos |
Trabajo en el centro educativo | 10 puntos |
Familia numerosa | 10 puntos |
Familia monoparental | 10 puntos |
Alumno/a nacido/a de parto múltiple | 10 puntos |
Situación de acogimiento familiar | 10 puntos |
Víctima de violencia de género o terrorismo | 10 puntos |
Si hay empate en puntos, para ordenar las solicitudes se tiene en cuenta, una vez realizado el sorteo público, el número de desempate asignado a la solicitud
Los documentos necesarios para acreditar la identidad de las familias en la solicitud de preinscripción son:
El director o la directora del centro educativo correspondiente validará la documentación presentada.
Para tener hermanos matriculados en el centro | No hay que aportar ningún documento, el centro se encargará de comprobarlo cuando lo alegamos en el hacer la solicitud |
Por proximidad al domicilio en la Zona Educativa |
Al enviar la solicitud se programa la consulta automatizada del padrón y se confirma la dirección del domicilio familiar. Si no se pueden obtener los datos del padrón hay que acreditar la residencia adjuntando un certificado o volando de convivencia del alumno, donde tiene que constar la dirección del domicilio y acreditar que el alumno vive como mínimo con el padre o la madre que presenta la solicitud. |
Por proximidad del puesto de trabajo del padre/madre/tutor a la Zona Educativa del centro |
Personas asalariadas, es suficiente si se aporta el contrato laboral o un certificado emitido por la empresa. Trabajador/a autónomo, se tendrá que presentar el modelo de la Agencia tributaria 036 o 037, donde se deja constancia del domicilio en que se lleva a cabo la actividad. |
Por proximidad del domicilio al municipio pero no a la Zona Educativa | Igual que domicilio Zona Educativa |
Por la renta anual de la unidad familiar |
Se consulta electrónicamente a la base de datos del Departamento de Derechos Sociales.
En el resguardo de la solicitud se informa si no se ha podido obtener. En este caso, hay que adjuntar la documentación acreditativa de ser beneficiario/aria de la prestación económica de la renta garantizada de ciudadanía o de la ayuda mínimo vital. |
Discapacidad |
Este supuesto incluye la discapacidad igual o superior al 33% del alumno, del padre o la madre o de algún hermano o hermana, y se valida mediante consultas interadministrativas. Si no se puede validar o si se trata de una discapacidad reconocida para otras comunidades autónomas, hay que presentar el certificado o la tarjeta acreditativa de discapacidad que emite el Departamento de Derechos Sociales o los organismos competentes en otras comunidades autónomas. |
Trabajo en el centro educativo | No hay que aportar ningún documento, el centro se encargará de comprobarlo cuando lo alegamos en el hacer la solicitud |
Familia numerosa | Se validará mediante consultas interadministrativas cuando se haga la solicitud de preinscripción. Sólo cuando no sea posible validarlo o se trate de títulos emitidos por otras comunidades autónomas, habrá que presentar el título de familia numerosa. |
Familia monoparental | Se validará mediante consultas interadministrativas cuando se haga la solicitud de preinscripción. Sólo cuando no sea posible validarlo o cuando se trate de títulos emitidos por otras comunidades autónomas, habrá que adjuntar el título de familia monoparental. |
Alumno/a nacido de parte múltiple | Se acredita con el libro de familia o la certificación electrónica de la inscripción de nacimiento |
Situación de acogimiento familiar | Se acredita con la resolución de acogimiento del Departamento de Derechos Sociales. |
Víctima de violencia de género o terrorismo | Se acredita con la sentencia judicial de cualquier orden jurisdiccional, la orden de protección vigente, o el informe de los servicios sociales o el certificado que acredita la condición de víctima de terrorismo que emite la Subdirección General de Apoyo en Víctimas del Terrorismo del Ministeri del Interior. |
L'Hospitalet está dividido en seis zonas educativas para las etapas de segundo ciclo de educación infantil y primaria y en cinco zonas educativas para la etapa de la educación secundaria obligatoria (ESO).
La normativa de preinscripción contiene unos criterios de baremo que se aplicarán con el fin de determinar la orden de admisión. Uno de estos criterios es el de proximidad, que tiene en cuenta la pertenencia del domicilio familiar a la zona educativa del centro escogido en primera opción. Por este motivo, la zonificación es un factor que se tiene que considerar en el momento de la elección de un centro educativo.
En l'Hospitalet existen las siguientes zonas educativas:
Para la ESO las zonas E1 y E2 son zona única: Zona E - Collblanc-Torrassa-Florida
Podéis consultar los centros educativos existentes a vuestra zona en los documentos adjuntos.
Las escuelas de primaria de cada zona educativa están adscritas a algunos institutos de secundaria para garantizar la continuidad pedagógica del alumnado en las dos etapas. Éste es un criterio prioritario en el caso del paso de la etapa de primaria a la de secundaria, es decir, el alumnado que presente la preinscripción a un instituto para cursar 1 ESO que tenga adscrita una escuela de primaria, tiene prioridad a la hora de acceder en la plaza respecto de los que venden de escuelas no adscritas.
Así, las solicitudes de 1 ESO se clasifican entre preferentes y no preferentes, y al momento de ordenar las solicitudes con la puntuación correspondiente aplicando los criterios de baremació, tienen prioridad las que sean preferentes.
Podéis consultar la Resolución por la cual se hacen públicos el establecimiento de las zonas educativas y la adscripción de centros educativos, sostenidos con fondos públicos, de los Servicios Territoriales del Departamento de Educación y Formación Profesional en el Barcelonès a los efectos del procedimiento de admisión de alumnos , en el siguiente enlace: https://portaldogc.gencat.cat/utilsEADOP/PDF/9354/2072536.pdf
También podéis consultar los centros adscritos de L'Hospitalet en el documento adjunto.
Ayuntamiento de L'Hospitalet